En fecha 17/06/2013 se le da entrada a el Despacho, emanado del Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, constante de 02 folios útiles, remitido con Oficio Nº 258-A-2013, de fecha 05/06/2013, librado en el Juicio por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, seguido por el Abg. JUAN EVARISTO LÓPEZ COELLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.433.942 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 77.959, y en el que se Decretó Medida Preventiva de Embargo sobre un bien inmueble, (VEHÍCULO) plenamente identificado en el mismo. Para su fiel y estricto cumplimiento; se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Medida, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 25/06/2013 se provee diligencia y pedimento contenido, suscrita por el Abg. JUAN EVARISTO LÓPEZ COELLO, venezolano, mayor de e.....