En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Julio González Acosta, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JULIO RAMÓN GARCIA ISEA, mediante diligencia de fecha 4 de abril de 2016
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia de fecha 18 de marzo de 2016, dictada por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de esta Circunscripción Judicial con sede en Coro, con motivo del juicio de RESOLUCIÓN DE CONTRATO VERBAL DE ARRENDAMIENTO, seguido por la ciudadana BETYS COROMOTO MIQUILENA DE GUANIPA, en contra el ciudadano JULIO RAMÓN GARCIA ISEA. En consecuencia se ordena al ciudadano JULIO RAMÓN GARCIA ISEA desalojar y e.....