DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la ACUMULACIÓN DE PENAS Y CAUSAS respecto al penado JAVIER ANTONIO CHIRINOS GARCÍA, titular de la cédula de identidad Nro. 25.127.016, señalado en las causas penales IP11-P-2006-001398 y IP01-P-2008-000314, respectivamente. Como consecuencia de la anterior declaratoria Acuerda PRIMERO: Establecer como cuantía de la pena a cumplir JAVIER ANTONIO CHIRINOS GARCÍA, titular de la cédula de identidad Nro. 25.127.016, en VEINTIUN (21) AÑOS Y ONCE (11) MESES DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley, por la comisión de los delitos ROBO PROPIO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 374, del Código Penal y VIOLACION, previsto y sancionado en el artículo 374 del Código penal. SEGUND.....