este Tribunal 1° de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente de este Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, sede Coro, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN, en la causa en donde el Abg. ERMILO ROSALES, Fiscal 11° del Ministerio Público del Estado Falcón, acusó al adolescente (cuya identidad se omite de conformidad con los artículos 65 y 545 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), por su presunta participación en la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, tipificado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con el artículo 615 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes concatenado con el artículo 561 ejusdem y 301 del Código Orgánico Procesal Penal. Se revoca la medida cautelar que le fuera impuesta al adolescente imputado en.....