DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente Mencionadas y de conformidad con lo Establecido en los Articulo 118 del Código Orgánico Procesal Penal y 81 y 86 de la Ley del Ministerio Publico, Se Decreta las Medidas Necesarias Tendientes a la PROTECCION Y GARANTIA DE LA INTEGRIDAD FISICA DE LOS CIUDADANOS: MARIA EMILIANA MONTERO, identificada con cédula Nro. 3.575.249, YAJAIRA MONTERO no porta documento de identificación y a sus nietas ANDREINA MINGO MONTERO y LUISA MONTERO, domiciliadas en el Barrio Colombia, calle Colombia, cerca de la escuela, y se acuerda remitir comunicación al Ciudadano Comandante de la Policia del Estado Falcón, a los Fines de la Realización de las Labores de Seguridad en la Residencia de las Prenombradas Ciudadanas, para garantizar el estricto cumplimiento de lo acordado. A tenor con lo previsto en los artículos 30 y 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 118 y 182 del Código Orgánico procesal penal. Remítase las presentes actu.....