En consecuencia y por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en función de juicio Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PROCEDENTE LA AUTORIZACIÓN solicitada por el ciudadano EUDIIS ORLANDO ALVAREZ VARGAS, abogado en ejerció y actuando con el carácter de defensor del ciudadano JOHOAN ISRRAEL OVIOL, sea TRASLADADO CON LA SEGURIDAD DEL CASO DEL HOSPITAL GENERAL DE CORO "DR. ALFREDO VAN GRIEKEN" AL INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGURO SOCIALES. Una vez efectuada la consulta respectiva, sea devuelto al Hospital General de Coro, a la espera de la resulta del especialista. Líbrense boletas de notificación y oficios al Director del Internado Judicial, quien estará a cargo del respectivo traslado. Y al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, a los fines de que le realicen la evaluación medica.