Tenemos que le quedaría entonces por cumplir una pena de prisión de 6 años 10 meses y 6 días, que resulta descontando los años, meses y días que lleva efectivamente en situación de detenido, culminando por tanto el cumplimiento de dicha pena computados a partir de la fecha de realización del presente calculo, en fecha 14 de Febrero del año 2011, y así se decide.
Segundo: En virtud de que el hecho delictivo del cual fue hallado culpable el hoy penado y por el cual fue condenado (Robo Agravado y Porte Ilícito de Arma de Fuego) fue perpetrado en el año 2002, la normativa para el régimen penitenciario aplicable en el caso in comento es el Código Orgánico Procesal Penal vigente, con la reforma de 14 de Noviembre del año 2001, cuyo contenido de normas adjetivas procedímentales debe aplicarse desde el mismo momento de su entrada en vigencia, en atención todo ello a lo preceptuado en el artículo 24 Constitucional y 553 del Código Orgánico Procesal, y así se decide.
Tercero: En atenci.....