Con fundamento en los hechos analizados, las normas legales y constitucionales invocadas, la doctrina jurisprudencial aplicable al caso concreto, así como todas las razones y fundamentos que preceden, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer el presente asunto.
SEGUNDO: Se REVOCAN las sentencias de los Tribunales Laborales de Primera Instancia y se DECLINA LA COMPETENCIA al Tribunal Superior de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro.
TERCERO: Se ORDENA NOTIFICAR a los Tribunales de Primera Instancia de este Circuito Judicial Laboral, que conocieron del presente asunto.
CUARTO: Se ORDENA REMITIR el presente asunto al Tribunal Superior de lo Contencioso Administrativo de la Circu.....