Este Tribunal del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, de conformidad con lo previsto en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA BASTANTES Y SUFICIENTES DICHAS ACTUACIONES PARA ASEGURARLE SUS DERECHOS DE PROPIEDAD SOBRE LA VIVIENDA FAMILIAR de las características, linderos y dimensiones arriba especificados, ubicada en la Posesión Comunera La Enrramada, jurisdicción de la Parroquia Casigua Municipio Mauroa del Estado Falcón. Dicha vivienda familiar tiene un valor aproximado de treinta mil bolívares (Bs 30.000), los cuales fueron cancelados por el solicitante JOSE MANUEL PIÑA BAPTISTA, ya identificado, con dinero de su propio peculio. Se devuelven estas actuaciones en original con sus resultas a el interesado. Déjese copia de las presentes actuaciones y .....