Este Juzgado Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Se decreta SIN LUGAR la solicitud fiscal, en cuanto a la solicitud de MEDIDA CAUTELAR de conformidad con el articulo 242 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, SEGUNDO: Se decreta se siga el presente asunto mediante el procedimiento por los delitos menos graves. Asimismo se decrete la Flagrancia. TERCERO: Se ordena la remisión de la presente causa ante la FISCALIA CUARTA DEL MINISTERIO PUBLICO. CUARTO: Se decreta CON LUGAR la solicitud de la Defensa, en consecuencia se ordena LIBERTAD PLENA, al ciudadano ELIEZER ANTONIO ZAVALA RIVERO. Se acuerdan las copias solicitadas por la defensa, por no ser contrario a derecho.