En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este TRIBUNAL CUARTO PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL de SANTA ANA DE CORO DEL ESTADO FALCÓN, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL. SEGUNDO: SE ORDENAR JUDICIALMENTE LA ENTRADA, FIJACIÓN FOTOGRÁFICA y EL REGISTRO de las siguientes direcciones RESERVADO el cual será practicado por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, conforme a los artículos 196, 197 y 198 del Código Orgánico Procesal Penal, con el fin de localizar e incautar en el interior del inmueble descrito, ARMAS DE FUEGO Y OTRAS EVIDENCIAS DE INTERÈS CRIMINALISTICO, que guarden relación con la investigación iniciada por la Representación Fiscal N° l, N° MP184295-2013, quienes deberán respetar los derechos humanos de las personas que se encuentren en el inmueble al momento de la práctica de la orden judicial, si fuera el caso, a quienes éste tri.....