Este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Cacique Manaure, con competencia en la Jurisdicción Contencioso Administrativo (Servicios Públicos) de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: La conversión en divorcio de la separación de cuerpos ya decretada a los ciudadanos ANGEL DANIEL GOITÍA CANELÓN y YUSNEIDY ANTONIETA POLANCO GÓMEZ, antes identificados y, en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde el día 08 de noviembre de 2008, fecha en que contrajeron matrimonio ante la Dirección Municipal de Registro Civil del Municipio Autónomo San Francisco, Mirimire del Estado Falcón, según Acta N° 031 de los libros llevados por esa oficina de registro.
No se hace pronunciamiento sobre hijos, por no constar en autos su existencia.
Liquídese la comunidad conyugal.
Publíquese. Certifíquese por Secretaría copia de esta decisión, regístrese y .....