En virtud de las consideraciones antes expuestas y con fundamento al contenido de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02 de Abril de 2009, a través de la cual se modifica la competencia de los Juzgados de Municipio, en concordancia con los artículos 501 del Código Civil y 60 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Primero de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, se declara INCOMPETENTE para conocer de la presente solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO presentada por la ciudadana GLORIA MAGALIS AMAYA DE KHAN, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-4.786.252, domiciliado en la ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del Estado Falcón, y DECLINA LA COMPETENCIA en razón del territorio en el Juzgado del Municipio Carirubana del Estado Falcón, con sede en Punto Fij.....