DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
DECRETA MEDIDA PREVENTIVA PRIVATIVA DE LIBERTAD de conformidad con lo establecido en el Artículos 250 Y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, la Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano JOSE GREGORIO LAGUNA DIAZ, venezolano, natural de Punto Fijo, nacido en fecha: 24/05/1986, cédula de identidad 22, estado civil: soltero, grado de instrucción: 4 grado, domiciliado en Barrio Industrial, calle Municipal, casa 8, de color de piedras amarillas, detrás del matadero municipal, oficio: obrero, hijo de Maritza Díaz y Félix Laguna, Estado Falcón, por la presunta comisión del delito de Distribución de Sustancias Ilícitas y Estupefacientes y Porte ilícito de Arma de Guerra ilícito este previsto y sancionado en .....