DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
Único: Conforme a lo dispuesto en el artículo 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano JOSE GREGORIO QUERALES MENDEZ, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.699.644 natural de San Punto Fijo, nacido en fecha 05-09-88, de 20 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio: Obrero, Hijo Isabela Avendaño y Jose Antonio Querales , residenciado En la Calle Libertad, Casa 44, de las Piedras. Punto Fijo Estado Falcón, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 31 de la Ley Orgánic.....