Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial de la Sección Penal Adolescente de este Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara en Rebeldía Según lo previsto en el Articulo N° 617 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del adolescentes Ordena la Captura del Sancionado al Joven ya adulto José Benito Sierra González venezolano Mayor de edad Titular de la Cedula de Identidad 24.404.230 residenciado en el Sector el Mariche Barrio Beto Morillo casa Nº 111-A-114 al lado de la Tortillería y Pizzería Maracaibo Estado Zulia., en consecuencia líbrese la correspondiente Orden Captura ante los Organismos competentes y demás órganos de Seguridad del Estado Zulia, Ofíciese al Sipool a fin de que el Joven adulto sea incluido como Solicitado por este Juzgado, Ordenando que una vez Capturado el Joven José Benito Sierra González sea Puesto a la orden de este Juzgado, Primero de .....