PRIMERO: se HOMOLOGA el presente acuerdo en el juicio que por demora en el pago de la diferencia de liquidación tiene incoado la ciudadana ANA DEL VALLE COLINA ARIAS contra la EMPRESA HAFRAN SERVICIOS MULTIPLES C.A y como tercero interviniente PDVSA PETROLEO S.A, y se le imparte el carácter de cosa juzgada; SEGUNDO: Se declara terminado el procedimiento y se ordena el cierre y archivo definitivo del presente expediente; TERCERO: Una vez que transcurran los lapsos correspondientes se ordena la remisión del presente asunto al Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, que le corresponda por distribución a los fines de que archive el expediente; CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.