este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: Se admite totalmente la acusación interpuesta por el Ministerio Público en contra del ciudadano ALIRIO GUADALUPE GUERRERO, por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO FRAUDULENTO DE FONDOS previsto y sancionado 74 de la Ley contra la Corrupción en perjuicio del EL ESTADO VENEZOLANO SEGUNDO: Se admiten todas las pruebas por legales, lícitas, pertinentes y necesarias ofrecidas. TERCERO: Con lugar la solicitud de la representación fiscal y se decreta al ciudadano ALIRIO GUADALUPE GUERRERO medida cautelar de presentación cada 30 días la cual deberá cumplir todos los 9 de cada mes. Seguidamente el ciudadano Juez, admitida la acusación fiscal, le informa al acusado de las Medidas Alternativas de Prosecución del Proceso Penal, contempladas en el Cód.....