Que este Tribunal Único de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial con competencia en delitos de Violencia contra la Mujer del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PRIMERO: REDIMIDA LA PENA por concepto de trabajo y de estudio al ciudadano penado OSMEL JOSE LOYO MENDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V.-18.294.899, en CUATRO (04) MESES y VEINTE (20) días de pena, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena y los artículo 496 y 497 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Actualizado el cómputo del ciudadano OSMEL JOSE LOYO MENDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V.-18.294.899, actualmente beneficiario de la formula alternativa de cumplimiento de pena (Destacamento de Trabajo) y quien estuvo recluido en la Comuni.....