Basados en las consideraciones anteriores este Tribunal Primero en funciones de Juicio del Circuito Judicial penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: el cese de la Medida Judicial Preventiva Privativa de Libertad del imputado EDUARDO LUIS CHIRINOS, titular de la Cédula de Identidad N° 17005797, por considerar que han variado las circunstancias que originaron su imposición. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad al Internado Judicial del Estado Falcón, indicando en la misma la obligación del acusado de acudir ante este sede judicial en fecha 16 de Agosto del 2012 a las 10:00 de la mañana, a los fines de la celebración del juicio oral y público en la presente causa. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
DRA. EVELYN M. PEREZ LEMOINE
JUEZA
ABG. ROMELIA SALAZAR
SECRETARIA
ASUNTO : IP01-P-2010-000753