este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud y en consecuencia, declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL EXISTENTE entre ALFREDO JOSÉ SÁNCHEZ ANDRADE y MARÍA DE LOS ANGELES GONZALEZ DE SANCHEZ, titulares de la cedula de identidad Nº 17.840.986 y 17.309.323, respectivamente, debidamente asistidos en este acto por el abogado en ejercicio Juan José Hernández Rodríguez, inscrita en el IPSA Bajo el Nº 171.221. Con la consiguiente disolución del Vínculo Matrimonial en fecha 01 de Agosto de 2008, por ante el Registro Civil de la Parroquia Judibana Municipio Los Taques del Estado Falcón