DECISIÓN
Las consideraciones anteriores permiten concluir que lo procedente en el presente caso es declarar Admitida la Inhibición propuesta, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda abrir una incidencia probatoria de tres días para admitir y practicar las pruebas que los interesados presenten a los fines de la decisión respectiva. Así se decide, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Notifíquese a las partes la decisión tomada. Líbrense boletas de notificación. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de la Corte de Apelaciones, en Santa Ana de Coro, a los ocho (08) días del mes de Septiembre del año dos mil Tres. Años: l93° de la Independencia y 144° de la Federación.
Dra. Glenda Oviedo Rangel
Jueza Ponente La Secretaria