DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, niega la Medida Privación Judicial Preventiva de Libertad requerida por la Fiscalía Primera del Ministerio del Estado Falcón en contra de lo ciudadano EDUVIGIDO RAFAEL ROJAS, arriba bien identificado, y de conformidad con lo establecido en los DECRETAR MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD previstas en el artículo 256 Ordinal 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal las cuales consisten en presentaciones periódicas cada 15 días por ante el Tribunal y por ante la Fiscalía Primera del Ministerio Público y prohibición de salida del Territorio del Estado Falcón al ciudadano que dijo ser o llamarse: EDUVIGIDO RAFAEL ROJAS, quién es venezolano de 21 años, de edad, de profesión obrero, de estado Civil Soltero, no tiene cédula de identidad, residenciado en Coro, Fundo de Parménide.....