Por ello, el libro de préstamo de expedientes no forma parte de las actas procesales, ya que su uso obedece a un control de entregas de expedientes que lleva el archivo del tribunal; por tanto, no puede atribuírsele a una parte el conocimiento de un acto que ocurrió en el proceso si el mismo no consta expresamente en el expediente." (subrayado del Tribunal)
De manera que, de conformidad con el criterio jurisprudencial anteriormente trascrito, no constando en actas actuación alguna por parte del demandado para hacer operativa la citación tácita, este Juzgado declara improcedente lo esgrimido por la actora a este respecto. Así se decide.