En fecha 28/06/2012 se dicta auto dandole entrada a el Despacho, emanado del Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, constante de 01 folio útil, recibido mediante Oficio Nº 358-201, librado en el Juicio por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, seguido por la Sociedad Mercantil FAVRIMUEBLES, C. A., en representación del ciudadano NICOLAS MEDINA, asistido por el Abg. FRANCISCO E. DURAN S., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 154.315 en el que se Decretó Medida Preventiva de Secuestro sobre un bien inmueble, lo cual se describe en el mismo. Para su fiel y estricto cum
plimiento, se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Medida, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 04/07/2012 la diligencia de fecha 03/07/2012, suscrita por el ciudadano NICOLAS MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de id.....