DECISIÓN
En mérito de los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
UNICO: Se declara INADMISIBLE la solicitud de Medida de Protección Ambiental y a la Biodiversidad, de la llamada Reserva Biológica Montecano.
Déjese copia certificada del presente fallo en el archivo del Tribunal.
Dada, firmada y sellada, en la sala del Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los 08 días del mes de Octubre de 2014. Años: 204º y 155º.
El Juez Provisorio,
Abog. ESGARDO BRACHO GUANIPA.
El Secretario,
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