DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra ESTEBAN ANTONIO MORILLO GOMEZ Y MISAEL ANTONIO GOMEZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédula de identidad N° 9.503.669 y 6.579.561, respectivamente, relacionados con la comisión del delito de HOMICIDIO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal, en perjuicio de LUIS ANTONIO GOMEZ, y Declara Extinguida la Acción Penal en la presente causa, de conformidad con el ordinal 1° del artículo 318 y el artículo 48 ordinal 8° ambos del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 108 ordinal 5° del Código Penal.
Regístrese, Publíquese, Notifíquese y Remítase la causa al Archivo Judicial en la oportunidad legal correspondiente.
LA JUEZ QUIN.....