En consecuencia, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta por el abogado José Luis Lugo Caldera, en su carácter de apoderado de la ciudadana ONIX MARÍA CAMPILIO PALOMEQUE, contra la sentencia dictada el 18 de mayo de 2005, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, y mediante la cual sin lugar la demanda que por contrato de venta con pacto retracto y pago de daños y perjuicio, intentara la apelante contra el ciudadano CRISTÓBAL JOSÉ GONZÁLEZ CHIRINOS y sin lugar la reconvención planteada por este último.
SEGUNDO: En consecuencia, se declara sin lugar, la demanda que por cumplimiento de contrato intentara la ciudadana ONIX MARIA CAMPILIO PALOMEQUE contra el ciudadano CRISTÓBAL JOSÉ GONZÁLEZ CHIRINOS, para que se declarara perfeccionado el contrato de venta con pacto de retracto celebrado con este último, a.....