D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos antes expuestos, éste JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS FALCÓN Y LOS TAQUES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, CON SEDE EN PUEBLO NUEVO, actuando como JUZGADO DE CONTROL EN EL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE, y de acuerdo a lo establecido en los Artículos 555 y 666 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, en concordancia con los artículos 280 y 282 del Código Orgánico Procesal Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Seguir la presente causa, seguida en contra de la Adolescente: IDENTIDAD OMITIDA; en la Causa que en su contra sigue La Fiscalía Décimo Segunda Del Ministerio Público, Competente En El Sistema Penal De Responsabilidad Del Adolescente Del Estado Falcón, por estar presuntamente incursa en la comisión de los delitos previstos en el artículo de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo.....