Con fundamento en los hechos analizados, los elementos probatorios que obran en las actas, las normas aplicables al caso concreto y todos los razonamientos y motivos que preceden, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado ELOY ENRIQUE OLLARVEZ PADILLA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 168.197, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente Sociedad Mercantil Empresa PANADERIA Y ABASTOS SAN GABRIEL, C.A., en contra de la sentencia definitiva de fecha 28 de julio de 2016, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro.
SEGUNDO: Se REVOCA la sentencia recurrida en todas y cada una de sus partes, por las razones expues.....