En virtud de todas las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo en Funciones de Juicio administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la solicitud de revocación o sustitución por una medida menos gravosa, de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad impuesta a los acusados VICTOR SIBADA BRACHO y ELVIS ZARRAGA, por considerar este Tribunal que constitucionalmente existe la imposibilidad para quienes estén enjuiciados por el delito de Trafico de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas a obtener medidas cautelares sustitutivas de la medida de privación de libertad cuando la misma haya sido decretada. En consecuencia se mantiene la Medida impuesta a los acusados. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Cúmplase.
LA JUEZ EL SECRETARIO
Dra. Evelyn Pérez Lemoine .....