Por las razones antes expuestas este Tribunal Segundo del Municipio
Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la presente demanda; en consecuencia, se condena a la parte demandada, ciudadano: GIOVANNY RAFAEL FERNÁNDEZ HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.800.694, con domicilio en la Calle 2, Sector Sabana Larga, Hielera Nevada, Municipio Colina del Estado Falcón; en los siguientes términos:
¿ PRIMERO: se resuelve el contrato de compra-venta con reserva de dominio celebrado en fecha 04/03/2009, entre la sociedad mercantil GENERAL MOTORS ACCEPTANCE CORPORATION DE VENEZUELA, C.A. y el ciudadano: GIOVANNY RAFAEL FERNÁNDEZ HERRERA.
¿ SEGUNDO: el ciudadano: GIOVANNY RAFAEL FERNÁNDEZ HERRERA deberá entregar el vehículo arriba identificado, cuyas características aqu.....