Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la ley, declara: PERIMIDA LA INSTANCIA en el presente juicio de NULIDAD DE CONTRATO DE VENTA, incoada por la ciudadana OXALIDA JOSEFINA PEÑA PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 3.881.276, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio GUILLERMO MIGUEL REINA HERNÁNDEZ, inscrito por ante el Inpreabogado bajo el Nº 87.894, en contra de los ciudadanos HERNAN IGNACIO HIDALGO PEÑA y MARIA JOSEFINA MORENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-4.103.532 y V-4.587.060. Por haberse declarado la perención en el presente juicio, de conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas. Déjese copia certificada de la presente decisión en el c.....