PRIMERO: COMPETENTE para conocer el Recurso de Abstención o Carencia contra la Inspectoría del Trabajo "Ali Primera", del Municipio Carirubana, Falcón y los Taques, a razón de la falta de pronunciamiento en el expediente administrativo signado con el Nro: 053-2016-01-00510. Así se decide. SEGUNDO: Ordena a la parte recurrente ciudadano JAVIER FELIPE CASTRO BERMUDEZ, SUBSANAR el Recurso de Abstención o Carencia interpuesto contra la Inspectoría del Trabajo "Ali Primera", del Municipio Carirubana, Falcón y los Taques. Así se decide. TERCERO: Ordena de conformidad con lo dispuesto en artículo 36 de la Ley Orgánica la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se libre notificación al ciudadano JAVIER FELIPE CASTRO BERMUDEZ, en la siguiente dirección: Sector Bolívar, Avenida Juan XXIII, casa Nº 20, entre calles Independencia y los Ruices, de esta ciudad de Punto Fijo, Estado Falcón, para que una vez que conste en autos la certificación por secretaría de haberse consignado la notificación.....