En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Ejecución de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, con fundamento a su libre convicción, basado en las regla de la lógica y máximas de experiencia, cumplidas las formalidades de Ley, administrando Justicia. PRIMERO: NIEGA, la fórmula anticipada de cumplimiento de pena de DESTACAMENTO DE TRABAJO, al penado JULIO ARTURO PEÑA MARCANO, venezolano, titular de la cedula de identidad 14.450.248, quien fue condenado a cumplir la pena de 16 AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de SIMULACIÒN DE HECHO PUNIBLE Y HOMICIDIO CALIFICADO previsto y sancionado los artículos 239 y 406 numeral 1º del Código Penal vigente, en perjuicio de la ciudadana ELVIA YOSELYN PEROZO, quien se encuentra actualmente recluido en la Comunidad Penitenciaria de la ciudad de Coro. Ello por no cumplir de forma concurrente con los requisitos establecidos en el artículo 500 .....