En consideración de los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución Sección Penal Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en la Ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia; En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley: Declara la Libertad del sancionado IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto en el Artículo 405 del Código Penal vigente y sancionado en el artículo 628, Parágrafo Segundo, Literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio del hoy occiso ALFREDO JOSÉ GARCIA MONTERO, actualmente recluido en la Comunidad Penitenciaria de Coro, en consecuencia líbrese la Boleta de Excarcelación. Así mismo se fija el día 17 de Abril de 2.013 a las Once y Treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.), para llevar a efecto Audiencia de Imposición de Actualización de Cómputo. Notifíquese al Ministerio Público, a la Defensa y Of.....