En mérito de las razones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de revisión y sustitución de la medida de privación judicial preventiva de libertad, hecha por la profesional del derecho Abogada ANA DEL CARMEN CALDERA RODRIGUEZ, actuando en su carácter de Defensora Publica de la ciudadana GABRIELA ALEXANDRA CHIRINOS, Venezolana, Mayor de edad, Titular de la cédula de Identidad Nº V- 23.678.558; en consecuencia SE REVISA la medida de privación judicial preventiva de libertad inicialmente decretada en contra de la referida imputada; y SE SUSTITUYE por la medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad prevista en el Cardinal 1 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en Detención Domiciliaria, en la Urbanización Libertadores, Manzana 29, Casa Nr.....