DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la acción de desalojo incoada por el Ciudadano EDGAR ANDRES PEROZO, asistido del abogado JOSE IGNACIO ROMERO NAVA, en contra de la Ciudadana HERCILIA REYES TAMBO, de conformidad con los artículos 12 del Código de Procedimiento Civil, 1.592 del Código Civil, literal a) del artículo 34 y 38 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios.
En consecuencia, se condena a la Ciudadana HERCILIA REYES TAMBO, a desalojar el inmueble ubicado en la calle Artigas, casa N°. 74, del Barrio Josefa Camejo, Municipio Carirubana del estado Falcón, haciendo entrega del mismo al Ciudadano EDGAR ANDRES PEROZO. Asimismo, la demandada deberá cancelarle al demandante, la suma de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES.....