En consecuencia, por las razones de hecho y de derecho antes esgrimidas, este JUZGADO SEGUNDO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, EXTENSION PUNTO FIJO, Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley RESUELVE: Declarar CON LUGAR la Solicitud efectuada por la Abogada DENA JIMENEZ, Defensora Décimo Primera de la Unidad de la Defensa Publica Penal del Estado Falcón, en su condición de Defensora de los Ciudadanos JESUS ALBERTO RAMIREZ y ROSENDO JOSE SEMECO, plenamente identificados en actas y en consecuencia se acuerda EXTENDERLES EL LAPSO ENTRE PRESENTACIONES, para lo cual a partir de la fecha de su notificación, los referidos Imputados deberán presentarse cada TREINTA (30) DÍAS, ante este Tribunal Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, de conformidad con lo establecido en el Articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese y Notifíquese a las partes.