DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano: Ciudadano: JOSE PRIMITIVO COLINA, titular de la cédula de identidad N° 4644306, nacido en fecha 09/06/1954 de 59 años de edad, 4° grado de instrucción, de oficio Comerciante, residenciado en El recreo Carretera Falcón Zulia teléfono: 04266699816, por el delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el articulo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana VERONICA ANDREINA VENTURA GONZALEZ, y declara extinguida la Acción Penal en el presente asunto, de conformidad con lo establecido en.....