este Tribunal acuerda: Conceder el lapso prudencial propuesto por el Ministerio Publico para que presente su acto conclusivo previo estudio y análisis de las actas que forman la causa, todo ello en respeto al debido proceso y a una tutela judicial efectiva y así se Decreta, en consecuencia este Tribunal acuerda lo solicitado por el representante del Ministerio Publico y que se tenga por notificadas a las partes presentes en esta Audiencia