Por las consideraciones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: Admitidas las pruebas promovidas por el Procurador de Juicio del trabajo, abogado RAMON ANTONIO TUVIÑEZ RUBIO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 53.595, actuando en nombre de la demandante GREGORIA JOSEFINA CAMACHO FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 9.931.267, de este domicilio. SEGUNDO: Admitidas las pruebas promovidas por el abogado en ejercicio ANTONIO ORTIZ NAVARRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 67.754, actuando en nombre de la empresa SERVICIO EL EMPOR, C.A., de este mismo domicilio.