Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA en el asunto IP01-S-2004-002545: PRIMERO: MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al ciudadano JOSÉ LUIS SIERRA ORDÓÑEZ, titular de la cédula de identidad Nº: 11.414.180, domiciliado en el Barrio La Cañada con Calle Alí Primera, casa N° 46, de esta ciudad de Santa Ana de Coro, Estado Falcón, de ocupación Latonero y pintor, por estimar que el mismo se encuentra presuntamente incurso en la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 216 del Código Penal en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Y LIBERTAD PLENA, a la ciudadana: AYURAMI GRACIELA UGARTE, titular de la cédula de identidad Nº: .....