Por todos los argumentos antes expuestos este Tribunal Segundo de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda declarar con lugar lo solicitado por el Abog. Wilfredo Morillo Nader, en su condición de Fiscal Undécimo del Ministerio Público del Estado Falcón y decretar el sobreseimiento definitivo en esta causa, de conformidad con el literal "d" del artículo 561 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese al Abog. Wilfredo Morillo Nader, Fiscal Undécimo del Ministerio Público del Estado Falcón, a la Abog. Lisdith Ferrer Ballesteros, Defensora Pública Octava del Estado Falcón, a la víctima ciudadano Héctor Ramón Nava Risco y a los imputados Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la LOPNA. Remítase esta causa al Archivo Judicial para su guarda y custodia.
El Juez de Contro.....