III
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley
ORDENA EL SOBRESEIMIENTO de la causa contenida en el presente asunto penal de conformidad a lo previsto en los artículos 318, ordinal 3° y 48, ordinal 8° ambos del Código Orgaánico Procesal Penal, acogiendo así la solicitud del representante del Ministerio Público.
Regístrese esta decisión, déjese copia en archivo; Líbrense las correspondientes Boletas de Notificación.Remitanse las actuaciones al fiscal solicitante en su oportunidad legal.
El Juez Segundo de Control
Abog. Límida Labarca Báez
La Secretaria
Abg. Mariela Morillo.-