DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar la solicitud de la Fiscalía Vigésimo Tercera del Ministerio Público e impone los ciudadanos JESUS EDUARDO ALVARDO GUANIPA y CESAR SEGUNDO GUANIPA SEMEJAL, por la presunta comisión del delito de HURTO DE VEHICULO AUTOMOTOR,
previsto y sancionado en el articulo 1º del de la Ley Sobre el Hurto de Robo de Vehiculo Automotor, en perjuicio del ciudadano WUILIE RAMON LOPEZ PEROZO, la medida prevista en el artículo 242 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación periódica cada treinta (30) días, por ante la oficina de alguacilazgo. Se declara la aprehensión en flagrancia y se acuerda la aplicación del procedimiento ordinario. Se ordenó librar l.....