ISPOSITIVA:
En corolario de las consideraciones que preceden, este Juez de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Sin lugar la pretensión de cumplimiento de contrato, intentada por al ciudadana MARTHA ELIZABETH ARIAS DE RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 13.516.107, asistida por el abogado ARGENIS MARTÍNES MEDINA, venezolano, mayor de edad, con numero de I.P.S.A. 28.943, en contra del ciudadano JUAN CARLOS MARTÍNEZ AULAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº.: 16.198.235, asistido por las abogadas RONNIA LUQUES LÓPEZ y CARMEN BARRIOS, inscritas en el I.P.S.A. bajo los Nros.: 155.727 y 168.183, respectivamente, por declararse en este acto la nulidad del referido contrato, por haberse realizado sin la autorización requerida en el artículo 267 d.....