En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana NANCY BEATRIZ BUENO RAMONES, parte demandante, asistida por el abogado Felipe Antonio Bueno Ramones, mediante diligencia de fecha 25 de junio de 2021.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión de fecha 7 de febrero de 2020, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, mediante la cual declaró INADMISIBLE la demanda por SIMULACIÓN DE VENTA interpuesta por los ciudadanos NANCY BEATRIZ BUENO RAMONES, FELIX ASDRUBAL BUENO RAMONES y FELIPE ANTONIO BUENO RAMONES contra los ciudadanos GUSTAVO SIMÓN ALVARADO BRACHO, .....