Ahora bien, observa este Tribunal de un análisis realizado a los documentos anexos que se acompañan a la presente solicitud, se evidencia del error. En consecuencia, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, Impartiendo Justicia, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento presentada por el (la) ciudadano (a): DINO ANGELO DELLI COMPAGNI THIELEN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.474.749, de este domicilio; asistido (a) por los (la) Abogados (a) JORGE RODRIGUEZ OLIVERA Y VICTOR ANTEQUERA BORGES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 19.005.479 y 19.824.456, abogados en ejercicio Inpreabogado Nº 171.202 Y 172.357, identificada con el N° 1459, de los libros de Registro de nacimiento, de la Parroquia San Antoni.....