DISPOSITIVO DEL FALLO:
En virtud de los razonamientos que anteceden y de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 444 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia a lo establecido en el artículo 1.363, 1.364 y 1.367 del Código Civil, éste Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de RECONOCIMIENTO EN SU CONTENIDO y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, presentada por los ciudadanos JONATHAN LEONEL APOSTOL SILVA y VANESSA ALEXANDRA ESPINOZA JARA, suficientemente identificados en autos. SEGUNDO: Como consecuencia de la referida decisión, se declara legalmente Reconocido en todas y cada una de sus partes el contenido y firma del Instrumento Privado, que corre inserto a los folios 04, 05 y 06 del presente expediente. TERCERO: Este Tribunal orden.....